(a) Atención médica, psicológica y social;
(b) rehabilitación en el área de la comunicación y compresión del lenguaje;
(c) los cuidados de salud adecuados para su condición, promoviendo su salud física, intelectual y emocional;
(d) el acceso efectivo a la educación, capacitación, los servicios de rehabilitación y la preparación para la vida adulta y la preparación para el empleo y su transición;
(e) la protección del Estado ante cualquier manifestación de maltrato o negligencia proveniente de cualquier persona;
(f) transporte;
(g) formación de personal especializado para la orientación y rehabilitación de las personas que tienen Síndrome de Down;
(h) facilitar equipo a entidades sin fines de lucro que le brinde servicios a dicha población;
(i) programas educativos dirigidos a orientar a la comunidad sobre la condición de Síndrome de Down, con el fin de fomentar su integración a la sociedad; y
(j) iniciar proyectos de vivienda asistida para que los adultos puedan vivir de forma independiente, semi-independiente y con los apoyos de vivienda asistida cuando lo necesiten.