§ 3966. Facilidades y materiales

PR Laws tit. 24, § 3966 (2018) (N/A)
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El(la) Director(a) de la clínica permanente para la atención, diagnóstico, prevención y tratamiento de personas con errores innatos del metabolismo usará el personal capacitado existente y solicitará a la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico que se le provean las facilidades y materiales que fueren necesarios para que la clínica pueda llevar a cabo sus funciones.