§ 3952. Asignación de fondos

PR Laws tit. 24, § 3952 (2018) (N/A)
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Con el fin de cumplir con los propósitos de este capítulo, se autoriza y se ordena a los Departamentos del Trabajo y Recursos Humanos; de Salud; de Educación; de la Familia; de Recreación y Deportes; la ASSMCA; a la Administración de Seguros de Salud; a la Corporación, a través de sus unidades o programas; y a la Administración de Rehabilitación Vocacional, incluir anualmente en su petición de presupuesto, los fondos necesarios para el funcionamiento y cumplimiento de la política pública relacionada con la población de personas adultas con impedimentos, establecida en este capítulo. La Oficina de Gerencia y Presupuesto hará las gestiones que entienda pertinentes para identificar los fondos necesarios para lograr la eficaz consecución de este capítulo.