§ 3927. Informe anual

PR Laws tit. 24, § 3927 (2018) (N/A)
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El Departamento de Salud deberá rendir un informe anual tanto a la Asamblea Legislativa como al Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico indicando el progreso, cumplimiento y logros de este capítulo; en adición a recomendaciones de enmiendas a la misma, de ser necesario.