§ 3915. Costo de la prueba

PR Laws tit. 24, § 3915 (2018) (N/A)
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Cada familia será responsable de sufragar el costo del cernimiento para defectos congénitos cardíacos críticos a través de sus seguros médicos o de su propio pecunio, ya sea por pago directo o que el costo esté incluido dentro del pago de los servicios de maternidad del hospital donde nazca el infante.