§ 3862. Director del Centro de Cremación y Operador

PR Laws tit. 24, § 3862 (2018) (N/A)
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El Director del Centro de Cremación será un director funeral. Será un profesional debidamente calificado y certificado por el Secretario del Departamento de Salud. Deberá haber aprobado estudios superiores en Gerencia y Administración de Funerarios o en deberes y funciones de un Director Funeral. Presentará prueba de sus cualificaciones morales incluyendo un certificado de antecedentes penales a ser expedido por el Superintendente de la Policía de Puerto Rico. El operador del equipo de cremación deberá estar certificado como tal por el manufacturero del equipo.