§ 3693. Derechos del recién nacido

PR Laws tit. 24, § 3693 (2018) (N/A)
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(a) Ser tratada en forma respetuosa y digna.

(b) No ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia, salvo con el consentimiento manifestado por escrito de su padre y madre con patria potestad.

(c) Tener alojamiento en conjunto con su madre, siempre y cuando el recién nacido no necesite de cuidados especiales, y la madre así lo solicite.

(d) Que sus padres reciban asesoramiento adecuado e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo.