§ 3578. Coordinación entre las organizaciones que ofrecen servicios a la población con desórdenes dentro del continuo del autismo en Puerto Rico

PR Laws tit. 24, § 3578 (2018) (N/A)
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(1) Conocer el perfil de las familias y sus necesidades en las comunidades donde ubican;

(2) desarrollar programas, actividades e iniciativas, en particular para los niños y niñas con desórdenes dentro del continuo del autismo y sus familias, en sus comunidades y programas de vida independiente para jóvenes y adultos, para las áreas identificadas en esta política pública, de acuerdo con los principios y decretos esbozados en la ley, según los recursos fiscales disponibles y a su alcance;

(3) asistir al gobierno estatal y municipal en la identificación de los recursos disponibles en sus comunidades;

(4) ser agentes de cambio en la creación de nuevos proyectos que estén a tono con esta política pública, y

(5) promover la asignación de fondos para la implementación de esta política pública.

(a) Programas establecidos o que se creen en el futuro.

(b) Iniciativas para la integración de servicios.