§ 3374. Reglamentación

PR Laws tit. 24, § 3374 (2018) (N/A)
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El Centro estará excluido de las disposiciones de la Ley Núm. 5 del 14 de octubre de 1975, según enmendada, conocida como “Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico”, así como también de las disposiciones de las secs. 931 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de la Administración de Servicios Generales”, y las leyes relacionadas a compras y suministros del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, y de todos los reglamentos promulgados en virtud de dichas leyes.

La Junta, previa recomendación del Director Ejecutivo, deberá aprobar un reglamento general, un reglamento de personal y un reglamento de compras dentro de los ciento veinte (120) días siguientes a la primera reunión de la Junta.