§ 3340. Reglamento

PR Laws tit. 24, § 3340 (2018) (N/A)
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El Programa estará excluido de las disposiciones de la Ley Núm. 5 de 14 de octubre de 1975. El Secretario del Departamento de Salud dispondrá por reglamento, que deberá adoptar dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de vigencia de esta ley, las normas de personal y toda otra norma que regirá la operación y el funcionamiento del Programa.