§ 3077. Fondos

PR Laws tit. 24, § 3077 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Los fondos que pudiesen ser necesarios para la administración o implementación de cualquiera de las disposiciones se consignarán en la Resolución Conjunta del Presupuesto General de Gastos del Departamento de Salud de Puerto Rico y podrán ser pareados con fondos estatales, municipales, federales o particulares. Los recaudos por concepto de multas pagadas por violaciones a esta Carta de Derechos serán utilizados para la administración e implantación de este capítulo.