§ 3013. Organizaciones de reglamentación y evaluación profesional—Otras funciones

PR Laws tit. 24, § 3013 (2018) (N/A)
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(a) Establecerán y mantendrán una estrecha relación con las juntas examinadoras correspondientes a las profesiones que ellas representan y colaborarán entre sí para lograr que se ofrezca a la ciudadanía servicios de salud de calidad y al costo más bajo posible. Como parte de esa relación, dichas organizaciones podrán hacer estudios y recomendaciones a las juntas examinadoras pertinentes sobre asuntos relacionados con las distintas profesiones de salud.

(b) Dichas organizaciones podrán atender consultas y ofrecer asesoramiento.

(c) Recibirán, investigarán y resolverán cualquier queja o querella relacionada con la prestación de servicios en la profesión representada por cada una de ellas que le presente cualquier consumidor o miembro de dicha profesión y someterá a la junta examinadora y a la agencia correspondiente en el caso de empleados gubernamentales, un informe para la acción que proceda, manteniendo siempre el carácter confidencial de la investigación e informe.