§ 2626e. Infracciones a este capítulo

PR Laws tit. 24, § 2626e (2018) (N/A)
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Cualquier persona que cumpla de buena fe con los requisitos de este capítulo y los reglamentos aprobados en virtud del mismo, no responderá civil o criminalmente por violaciones a las secs. 2101 et seq. del Título 24, conocidas como “Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico”. Cualquier persona que posea cannabis y no cumpla con las disposiciones de esta Ley responderá criminalmente según disponen las secs. 2101 et seq. del Título 24.