§ 2623a. Prohibición de uso recreacional

PR Laws tit. 24, § 2623a (2018) (N/A)
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Se prohíbe terminantemente el consumo de cannabis mediante el acto de fumar. Cualquier persona que utilice el cannabis para fines recreativos será sancionada conforme a las disposiciones de las secs. 2101 et seq. del Título 24, y cualesquiera otras. El cannabis medicinal no podrá ser utilizado como herramienta para el uso recreacional, sino que se limitará exclusivamente a su uso médico autorizado.