§ 7010. Junta de Directores—Reuniones y quórum

PR Laws tit. 24, § 7010 (2018) (N/A)
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(a) La Junta de Directores celebrará reuniones ordinarias por lo menos una vez al mes y podrá celebrar todas aquellas reuniones extraordinarias que sean convocadas por su presidente o que sean solicitadas por una mayoría de los miembros de la Junta.

(b) La mayoría de los miembros de la Junta de Directores constituirá quórum para las reuniones. Todo acuerdo o determinación de la Junta requerirá el voto afirmativo de por lo menos cinco (5) miembros. La función de cada miembro de la Junta, así como su asistencia a las reuniones, será indelegable.