§ 1164. Transcripción de certificación de matrimonio

PR Laws tit. 24, § 1164 (2018) (N/A)
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Al recibo de dichos documentos el encargado del Registro hará una transcripción de la certificación del matrimonio en el libro destinado a tal fin que llevará en su oficina y enviará los documentos originales al Departamento de Salud, según se dispone más adelante.