Antes de entregar el vendedor al comprador cualquier sustancia venenosa hará una entrada en un libro que se llevará expresamente, en el que se anotará la fecha de la venta, el nombre y residencia del comprador, el nombre y cantidad del veneno vendido y el fin u objeto con que se compró.
Este libro debe estar perfectamente compaginado y marcado por orden correlativo. Si hubiere que corregir algún error de escritura en el mismo, dicha corrección no se hará borrando o raspando lo escrito, sino tachando con tinta roja y escribiendo inmediatamente al lado, la anotación o frase correcta. Los escritos deben ser hechos a mano y en tinta, o con lápiz tinta; en ningún caso se utilizará lápiz de carbón o de grafito o de otra clase. Las anotaciones se harán con letra clara y legible.
El libro deberá guardarse por dos (2) años después de haberse hecho la última entrada, y deberá tenerse en un lugar seguro y accesible para poder ser inspeccionado en cualquier momento por las autoridades correspondientes.