§ 924. Venta de tuberculina—Declaración de importación

PR Laws tit. 24, § 924 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Todo importador de tuberculina deberá rendir una declaración de importación al Secretario de Salud, en la fecha del recibo de la tuberculina en Puerto Rico, o antes, si fuere posible.