Sera ilegal que cualquier persona elabore, venda u ofrezca en venta en Puerto Rico, para consumo humano, cualquier pan blanco, galletas generalmente conocidas como de leche, agua, soda y manteca, y pastas alimenticias secas elaboradas con harina de trigo que no sea harina de trigo enriquecida tal como queda ésta definida; Disponiéndose, que todo pan blanco, galletas generalmente conocidas como de leche, agua, soda y manteca, y pastas alimenticias secas elaboradas con harina de trigo fuera de Puerto Rico y que se venda en Puerto Rico, deberá llenar los requisitos establecidos por este capítulo, al igual que los productos elaborados en Puerto Rico.