§ 691. Definición de persona alcohólica

PR Laws tit. 24, § 691 (2018) (N/A)
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Se entenderá por “alcohólica” la persona que repetidamente toma bebidas embriagantes más de los que es costumbre de acuerdo con el uso social y dietético de la comunidad y que así perjudica su salud, sus relaciones interpersonales o sus potencialidades económicas.