§ 581. Ayudas y donativos; aceptación

PR Laws tit. 24, § 581 (2018) (N/A)
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Se autoriza al Secretario de Salud o al Gobernador de Puerto Rico, o a cualquier persona designada por el último, a aceptar o concertar los acuerdos que sean necesarios para recibir aquella ayuda o donativos del gobierno federal o de otras fuentes que promuevan los fines de este capítulo.