Este capítulo deberá interpretarse como una política pública de desarrollo progresivo y no de cumplimiento inmediato para aquellas actividades que por limitaciones económicas el Departamento no pueda cumplir. Sin embargo, el Departamento viene obligado a demostrar un esfuerzo razonable, progresivo y dentro de sus recursos económicos y humanos en el cumplimiento de este capítulo. El Departamento podrá demostrar su esfuerzo razonable y progresivo al suscribir acuerdos de colaboración, memorandos de entendimiento, obligaciones o contratos con el Centro Comprensivo de Cáncer como su colaborador principal.