§ 352. Informe a funcionarios de salud sobre enfermedades contagiosas

PR Laws tit. 24, § 352 (2018) (N/A)
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Todas las personas que legalmente ejerzan en Puerto Rico la profesión de médico cirujano, cirujano dentista, osteópata y si el caso no ha sido visto por un médico, los practicantes, las enfermeras y las comadronas, están obligadas a notificar al jefe local de salud de la demarcación en que el enfermo reside, la sospecha o existencia de cualquier caso de las siguientes enfermedades de las cuales pueda haber adquirido conocimiento en el curso de su trabajo profesional: Angina estreptocóccica (epidémica), ántrax maligno (pústula maligna), cólera asiático, conjuntivitis aguda epidémica, difteria, disentería (amibiana o bacilar), escarlatina, fiebre amarilla, fiebre tifoidea, fiebre paratifoidea, infecciones alimenticias (provocadas por indigestión de alimentos contaminados con bacilos del grupo salmonella, bacilos butulinos, estafilococos, etc.), influenza, meningitis cerebroespinal epidémica, muermo neumonía (en todas sus formas), peste (formas bubónica, neumónica o septicémica), poliomielitis anterior aguda (parálisis infantil), sarampión, tifus exantemático, viruela, angina de Vincent, chancroide, dengue, encefalitis letárgica (epidémica), fiebre de Malta, fiebre puerperal, filariasis, frambesia tropical (bubas), gonorrea, lepra, malaria, oftalmia neoatórum, parotiditis epidémica, psitacosis, rubeola (roseaola epidémica), sífilis cutánea, tétanos (incluyendo forma infantil), tos ferina, tuberculosis, tularemia, varicela y rabia.

Disponiéndose, que en todo caso de fiebre de más de siete (7) días de duración, sin diagnóstico preciso, el médico de cabecera estará en la obligación de enviar al Laboratorio Biológico del Departamento de Salud, o a un laboratorio aprobado a tales fines por el Secretario de Salud, muestras de sangre para investigar la existencia de fiebre tifoidea, paratifoidea o malaria; y Disponiéndose, además, que en todo caso de catarro bronquial crónico de más de dos (2) meses de duración, deberán enviarse muestras de esputo a uno de los laboratorios mencionados, para investigar la presencia del bacilo de la tuberculosis.