§ 2. Contratos de servicios; reglamentación

PR Laws tit. 24, § 2 (2018) (N/A)
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Para llevar a cabo las disposiciones de esta sección, el Secretario de Salud queda por la presente autorizado para dictar aquellas reglas y reglamentos que fueren necesarios y se le autoriza por la presente a celebrar contratos de servicios con instituciones públicas cuando a su juicio fuesen necesarios.