§ 816. Planes de pago

PR Laws tit. 22, § 816 (2018) (N/A)
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Todo plan de pago que suscriba la AEE o la AAA con sus clientes para el pago de deudas o amortización tendrá un término de tiempo específico, o una cantidad de plazos máximos, dentro del cual se tendrá que satisfacer el pago de la deuda vencida. La AAA y la AEE podrán establecer un pago mínimo inicial como condición para suscribir el plan de pago. Disponiéndose, que esta sección no aplicará a los planes de pago suscritos a tenor con la sec. 822 de este título.