(a) Permiso del Cuerpo de Ingenieros de los Estados Unidos para cumplir con la Sección 404 del Clean Water Act donde se recogen los comentarios de las agencias federales y estatales para cumplir con:
(1) Safe Drinking Water Act.
(2) Endangered Species Act.
(3) National Historic Preservation Act.
(4) Coastal Zone Management Act de 1972.
(b) Certificado de calidad del agua que emite la Junta de Calidad Ambiental.
(c) Certificación de cumplimiento con el Artículo 4(C) de la Ley Núm. 9 de 18 de junio de 1970, conocida como “Ley sobre Política Pública Ambiental”.
(d) Permiso de construcción de la toma de agua emitido por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales el 18 de septiembre de 1996 conforme a las secs. 1115a a 1115v del Título 12, conocidas como “Ley para la Conservación, el Desarrollo y Uso de los Recursos de Agua de Puerto Rico”, independientemente de que éste no sea final y firme.