(1) Pertenezcan a un mismo dueño.
(2) Colinden entre sí, o estén conectadas por una franja de terreno sobre la cual se haya constituido una servidumbre de riego a perpetuidad.
(3) Una o más de ellas goce de facilidades del Sistema de Riego que permita que todas las fincas o parcelas puedan recibir agua para regadío por gravedad o por bombeo.