§ 21. Acervo de Equipo Mecánico—Reembolso

PR Laws tit. 22, § 21 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Los anticipos hechos de acuerdo con las secs. 19 a 21 de este título serán reembolsados al Fondo General del Departamento de Hacienda cuando se haya liquidado en su totalidad cada documento de obligación que se haya contabilizado en los libros del Secretario de Hacienda a favor del Fondo Rotativo del Acervo o en la forma que lo determine el Secretario de Hacienda.