Se autoriza y ordena al Secretario de Hacienda para adelantar y poner a la disposición del Secretario de Transportación y Obras Públicas, según éste lo solicite, las cantidades necesarias de cualesquiera fondos disponibles en el Tesoro Estadual para la compra de materiales de construcción para la reventa y equipo, para ser arrendado de acuerdo con lo dispuesto en la sec. 16 de este título.