§ 19. Acervo de Equipo Mecánico—Anticipos de fondos del Tesoro

PR Laws tit. 22, § 19 (2018) (N/A)
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Se autoriza y ordena al Secretario de Hacienda para adelantar y poner a la disposición del Secretario de Transportación y Obras Públicas, según éste lo solicite, las cantidades necesarias de cualesquiera fondos disponibles en el Tesoro Estadual para la compra de materiales de construcción para la reventa y equipo, para ser arrendado de acuerdo con lo dispuesto en la sec. 16 de este título.