§ 6675. Convenio del Estado Libre Asociado con los tenedores de bonos

PR Laws tit. 21, § 6675 (2018) (N/A)
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El Estado Libre Asociado se compromete y acuerda con los tenedores de cualesquiera bonos emitidos bajo este capítulo y con las personas o entidades que contraten con una asociación de acuerdo a las disposiciones de este capítulo, que no limitará ni alterará los derechos aquí conferidos a las asociaciones hasta que dichos bonos y los intereses sobre los mismos queden totalmente satisfechos y dichos contratos sean totalmente cumplidos y honrados por parte de las asociaciones; Disponiéndose, sin embargo, que nada de lo aquí provisto afectará y alterará tal limitación si se disponen por ley medidas adecuadas para la protección de dichos tenedores de bonos de la asociación o de aquellos que hayan contratado con la asociación. Las asociaciones, en calidad de agente del Estado Libre Asociado, quedan autorizadas a incluir esta promesa por parte del Estado Libre Asociado en los referidos bonos o contratos.