§ 5980. Informe al Gobernador y a la Asamblea Legislativa

PR Laws tit. 21, § 5980 (2018) (N/A)
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El Director Ejecutivo del CRIM rendirá un informe detallado al Gobernador y a la Asamblea Legislativa sobre los recaudos obtenidos y la efectividad de los incentivos otorgados. Dicho informe deberá presentarse en un término no mayor de tres (3) meses, contados a partir de la finalización del Plan de Incentivos, según dispuesto en la sec. 5977 de este título.