§ 5959. Obligaciones del Director Ejecutivo

PR Laws tit. 21, § 5959 (2018) (N/A)
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El Director Ejecutivo del CRIM tendrá la obligación de expedir en o antes de sesenta (60) días después del pago de la deuda elegible bajo este capítulo, una certificación negativa de deuda a tenor con las disposiciones de este capítulo. Esto en adición a los recibos de pagos ponchados que el CRIM entregue al momento de que el contribuyente haga su pago acogido a este capítulo. También tendrá la obligación de eliminar de todo sistema de archivo de datos las deudas satisfechas conforme a este capítulo.