§ 5934. Acuerdos para procedimientos de cobros conjuntos

PR Laws tit. 21, § 5934 (2018) (N/A)
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En caso de que existan créditos por deudas contributivas transferidas y otras deudas contributivas morosas sobre una propiedad, el Centro podrá suscribir cualquier acuerdo con el dueño de los créditos por deudas contributivas transferidas para el cobro conjunto de toda la deuda contributiva en un solo procedimiento, según establecido en las secs. 5101 a 5120 de este título.