La Oficina de Gerencia y Presupuesto deberá incluir en el Presupuesto del Gobierno de Puerto Rico, en cada uno de los presupuestos del Gobierno de Puerto Rico de los próximos veinte (20) años fiscales, comenzando con el año fiscal 1995—96, una cantidad equivalente al principal e intereses que el Gobierno de Puerto Rico deberá pagar para ir cubriendo el pago de principal e intereses del financiamiento obtenido para el pago de la referida obligación.