§ 5232. Penalidades adicionales

PR Laws tit. 21, § 5232 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Toda persona que en relación con cualquier acuerdo final, intencionalmente, ocultare de cualquier funcionario, empleado o representante del Centro de Recaudación, cualquier propiedad mueble perteneciente al contribuyente o de otra persona responsable con respecto a la contribución; o recibiere, destruyere, mutilare o falsificare, cualquier libro, documento, constancia o hiciere bajo juramento cualquier declaración falsa, relativa a la propiedad mueble del contribuyente o con respecto a la contribución sobre dicha propiedad, incurrirá en delito grave y convicta que fuere será sancionada con multa de cinco mil dólares ($5,000) o pena de reclusión de cinco (5) años, o ambas penas a discreción del tribunal.