§ 5229. Examen de libros y testigos

PR Laws tit. 21, § 5229 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

(a) Responsabilidad del contribuyente.— Con el fin de determinar la corrección de cualquier planilla o con el fin de preparar una planilla cuando ninguna se hubiere rendido, el Centro de Recaudación podrá, por conducto de cualesquiera de sus funcionarios, empleados o representantes examinar cualesquiera libros, papeles, constancias, o memorandos pertenecientes a las materias que deben incluirse en la planilla y podrá requerir la comparecencia de la persona que rinde la planilla o la de cualquier oficial o empleado de dicha persona, o la comparecencia de la persona que tenga conocimiento tocante al asunto de que se trate, y tomarle declaración con respecto a las materias que por ley deban incluirse en dicha planilla, con facultad para tomar juramento a dicha persona o personas.

(b) Responsabilidad de un cesionario.— Con el fin de determinar la responsabilidad en derecho o en equidad de un cesionario de la propiedad mueble de cualquier persona con respecto a la contribución sobre la propiedad impuesta a dicha persona, el Centro de Recaudación podrá, por conducto de cualesquiera de sus funcionarios, empleados o representantes, examinar cualesquiera libros, papeles, constancias o memorandos pertenecientes a dicha responsabilidad, y podrá requerir la comparecencia del cedente o del cesionario o de cualquier oficial o empleado de dichas personas, o la comparecencia de cualquier otra persona que tenga conocimiento tocante al asunto y tomarles declaración con respecto a dicho asunto.