§ 5227. Publicidad de planillas; inspección—Divulgación prohibida

PR Laws tit. 21, § 5227 (2018) (N/A)
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Será ilegal que cualquier colector, agente, inspector u otro funcionario o empleado del Centro de Recaudación o de su representante autorizado divulgue o dé a conocer información o datos expuestos o revelados en las planillas de contribución sobre propiedad mueble, en perjuicio de los mejores intereses del contribuyente, o que suministre cualquier planilla o copia de la misma, libro conteniendo resumen o detalles de dicha planilla, sin estar autorizado por el Centro de Recaudación, excepto según se provee en este capítulo. Será ilegal que cualquier persona imprima o publique en forma alguna no provista por ley planillas o parte de las mismas o cualesquiera información, datos o particulares contenidos en ellas.

Todo colector, agente, inspector u otro funcionario o empleado del Centro de Recaudación o de su representante autorizado que infrinja las disposiciones precedentes incurrirá en delito grave y convicto que fuere será sancionado con multa de cinco mil dólares ($5,000) o pena de reclusión de cinco (5) años, o ambas penas a discreción del tribunal.

Si el infractor fuera un funcionario o empleado del Centro de Recaudación o de su representante autorizado, y resultare convicto, será, además, destituido del cargo o empleo que ocupare.