§ 5191. Detallistas con ventas menores de $150,000—Reglamentación

PR Laws tit. 21, § 5191 (2018) (N/A)
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La Junta de Gobierno del Centro de Recaudación adoptará las reglas y reglamentos necesarios para el cumplimiento de las disposiciones de las secs. 5185 a 5191 de este título, con sujeción a las secs. 2101 et seq. del Título 3, conocidas como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme de Puerto Rico”. Hasta tanto no los prescriba, continuarán en vigor las reglas y reglamentos adoptados por el Secretario de Hacienda sobre el particular.