Toda persona que, para acogerse a los beneficios de la exoneración del pago de contribuciones autorizada por las secs. 5185 a 5191 de este título, presentare cualquier declaración, constancia o información fraudulenta, o dejare de presentar u ocultare los detalles verdaderos que permitan al Centro de Recaudación efectuar un cómputo correcto de la exoneración autorizada por las secs. 5185 a 5191 de este título incurrirá en delito grave y convicta que fuere será sancionada con multa de tres mil dólares ($3,000) o pena de reclusión de tres (3) años, o ambas penas a discreción del tribunal.