§ 5187. Detallistas con ventas menores de $150,000—Salvedad

PR Laws tit. 21, § 5187 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

A los efectos de las secs. 5185 a 5191 de este título, cuando para liquidar una deuda atrasada, se conceda un plan de pagos a tenor con lo dispuesto en la sec. 5186 de este título, no se aplicarán las disposiciones de la sec. 5096 de este título, en lo concerniente a la aplicación de pagos en orden riguroso de vencimiento.