§ 5110. Procedimiento de apremio para el pago de contribuciones—Prórroga o posposición de la venta

PR Laws tit. 21, § 5110 (2018) (N/A)
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El Centro de Recaudación o su representante podrá continuar la venta de día en día, si juzgase necesario retardarla y por justa causa la podrá prorrogar por un período que no excederá de sesenta (60) días, de lo cual se dará debido aviso por medio de anuncio en la forma que determina la sec. 5108 de este título.