§ 898k. Divulgación de disposiciones de la ley

PR Laws tit. 21, § 898k (2018) (N/A)
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Todas las entidades gubernamentales que tengan alguna función que surja de este capítulo, tendrán que divulgar en sus respectivas páginas virtuales, así como en las oficinas ubicadas en Santurce o Río Piedras, y tener disponible para el público en general una copia de este capítulo y los reglamentos correspondientes.