§ 821. Responsabilidad del municipio

PR Laws tit. 21, § 821 (2018) (N/A)
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(a) Otorgar actas de edificación de estructuras que no consten en el Registro y presentarlas al Registro de la Propiedad para su inscripción como propiedad municipal.

(b) Agrupar o segregar las fincas de ser necesario.

(c) Determinar la valoración de las estructuras por medio de tasación realizada por el Centro de Recaudación de Impuestos Municipales.

(d) Solicitar al Centro de Recaudación de Impuestos Municipales, el número de catastro correspondiente para cada instalación.