(a) Copia certificada de la ordenanza municipal autorizando al alcalde o su representante aceptar la adquisición de la propiedad patrimonial descritá en la certificación.
(b) Original y copia de la Minuta de Presentación requerida por 30 R.P.R. secs. 1001 et seq. del Reglamenento General para la Ejecución de la Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad.