§ 651m. Autorización para suministrar información

PR Laws tit. 21, § 651m (2018) (N/A)
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El Secretario de Hacienda y cualesquiera otra[s] agencia[s] o instrumentalidad[es] del Estado Libre Asociado de Puerto Rico quedan autorizados para facilitar al Director de Finanzas o al Recaudador Oficial, a instancias de éstos, aquella información de las planillas de la contribución sobre ingresos o de cualquier otra documentación que sea necesaria para determinar la patente que se autoriza imponer y cobrar por las secs. 651 a 652y de este título.