§ 1100a. Supervisión y cumplimiento

PR Laws tit. 21, § 1100a (2018) (N/A)
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El Comisionado Especial para el Desarrollo de las Islas Municipio de Vieques y Culebra (Comisionado), nombrado de conformidad con el Boletín Administrativo Núm. OE-2013-033, será la persona encargada de supervisar el desarrollo de las iniciativas propuestas en la sec. 1100 de este título. Todos los planes, programas, propuestas de legislación o reglamentación deberán estar listos en un término no mayor de ciento ochenta (180) días a partir de la aprobación de esta ley. El Comisionado tendrá la obligación de adoptar mecanismos de evaluación que fiscalicen y aseguren el cumplimiento de las metas trazadas. Además, tendrá la obligación de rendir informes mensuales al Gobernador sobre el progreso de todas las iniciativas incluidas en el Plan dispuesto en este capítulo.