Las entidades privadas interesadas en licitar o someter propuestas en los procedimientos de solicitud de cualificaciones o solicitud de propuestas a emitirse por la Corporación deberán cumplir con los requisitos contenidos en la solicitud de cualificaciones o solicitud de propuestas emitida por la Corporación, los cuales deberán cumplir con las disposiciones de este capítulo y el reglamento que adopte la Corporación para dichos propósitos.