§ 2870. Fondos

PR Laws tit. 20, § 2870 (2018) (N/A)
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Los gastos que se originen en virtud de este capítulo serán sufragados de los fondos que se reciban por concepto de pago de derechos, otras procedencias legales y cualesquiera fondos no comprometidos del Fondo General del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.