§ 2758. Convenios de reciprocidad

PR Laws tit. 20, § 2758 (2018) (N/A)
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La Junta Examinadora de Opticos de Puerto Rico podrá establecer relaciones o convenios de reciprocidad sobre concesión de licencia sin examen con aquellas entidades de los Estados Unidos de América que concedan licencia mediante examen, pero que exijan requisitos equivalentes a los establecidos en este capítulo para la obtención de una licencia de óptico.