(a) Trate de obtener una licencia mediante fraude o engaño.
(b) No reúna los requisitos para obtener una licencia de acuerdo a lo dispuesto en este capítulo.
(c) Haya sido declarada incapacitada mentalmente por un tribunal competente, o se estableciera ante la Junta mediante peritaje médico su incapacidad; Disponiéndose, que la licencia podrá otorgarse tan pronto la persona sea declarada nuevamente capacitada y si reúne los demás requisitos dispuestos en este capítulo.
(d) Sea narcómano o alcohólico; Disponiéndose, que la licencia podrá otorgarse tan pronto esta persona prueba estar capacitada y si reúne los demás requisitos dispuestos en este capítulo.